Personal de Servicios Auxiliares
Grupo de preparación para Personal de Servicios Auxiliares del Gobierno de Aragón
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Requisitos
- Ser español, o nacional de un país miembro de la Unión Europea.
- Ser extranjero no nacional de los Estados miembros de la Unión Europea y tener residencia legal en España.
- Tener cumplidos dieciséis años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
- Poseer la capacidad funcional para el desempeño del puesto al que se aspira.
- No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas.
- Estar en posesión del Certificado de Estudios Primarios o de Escolaridad.
Labores que voy a desempeñar
Las funciones acaparan un amplio rango, que puede variar según el tipo de servicio a prestar. Principalmente velará por el correcto funcionamiento de las instalaciones y del lugar donde haya sido destinado, así como atender a las peticiones del profesional o departamento que le haya sido asignado durante el servicio.
Modalidad de examen
La fase de oposición constará de dos ejercicios eliminatorios.

Primer ejercicio
Consistirá en la contestación por escrito de un cuestionario tipo test de 50 preguntas, y de 5 preguntas de reserva, con cuatro respuestas alternativas, siendo solamente una de ellas la respuesta válida, sobre las materias del temario. El tiempo máximo para realizar el ejercicio será de una horas.
Todas las preguntas tendrán el mismo valor. Las respuestas correctas puntuarán positivamente, las no contestadas no tendrán valoración alguna y las contestadas erróneamente restarán un tercio del valor de la respuesta correcta.
- En convocatorias derivadas de procesos de estabilización, el ejercicio se valorará de 0 a 30 puntos y, para superarlo, será preciso obtener una puntuación que no sea inferior al 60 por ciento de la media de las diez mejores notas, ni al 50 por ciento de la nota máxima obtenida, siempre que dicha puntuación sea superior a un tercio de la nota máxima alcanzable.
- En convocatorias derivadas de ofertas de empleo ordinarias, el ejercicio se valorará de 0 a 50 puntos y, para superarlo, será preciso obtener una puntuación que no sea inferior al 60 por ciento de la media de las diez mejores notas, ni al 50 por ciento de la nota máxima obtenida, siempre que dicha puntuación sea superior a un tercio de la nota máxima alcanzable.

Segundo ejercicio
De carácter práctico y relacionado con el contenido específico de los puestos a cubrir.
El ejercicio práctico consistirá en la contestación por escrito, en el plazo de noventa minutos, de un cuestionario tipo test de 50 preguntas, y de 5 preguntas de reserva, con cuatro respuestas alternativas, siendo solamente una de ellas la respuesta válida, sobre uno o varios supuestos prácticos formulados por el Tribunal en relación con las materias propias del puesto a desempeñar.
Las respuestas correctas puntuarán positivamente, las no contestadas no tendrán valoración alguna y las contestadas erróneamente restarán un tercio del valor de la respuesta correcta.
Los dos ejercicios se realizarán en el mismo día consecutivamente, siempre que ello sea posible.
El segundo ejercicio sólo se corregirá a las personas aspirantes que hubieran superado el primer ejercicio
- En convocatorias derivadas de procesos de estabilización, el ejercicio se puntuará de 0 a 30 puntos y, para superarlo, será preciso obtener una puntuación que no sea inferior al 60 por ciento de la media de las diez mejores notas; que no sea inferior al 50 por ciento de la nota máxima obtenida y siempre que sea superior a un tercio de la nota máxima alcanzable.
- En convocatorias derivadas de ofertas de empleo ordinarias, el ejercicio se puntuará de 0 a 50 puntos y, para superarlo, será preciso obtener una puntuación que no sea inferior al 60 por ciento de la media de las diez mejores notas; que no sea inferior al 50 por ciento de la nota máxima obtenida y siempre que sea superior a un tercio de la nota máxima alcanzable.

Fase de concurso
Habrá una fase de concurso sólo para las convocatorias derivadas de los procesos de estabilización, en la que los candidatos aprobados en la fase de oposición en la fase de concurso, de acuerdo con lo establecido en la Orden HAP/1861/2018, de 25 de octubre.
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